sábado 4 mayo 2024

Suprema Corte determina que estados no pueden prohibir venta de PET o unicel

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los estados no pueden prohibir la venta de envases de tereftalato de polietileno conocido como PET, ni de de unicel desechable porque de hacerlo pasarían por encima de la regulación federal. “Esta Segunda Sala considera que el hecho de prohibir venta, distribución y empleo de envases de PET y unicel representa una de las sanciones máximas para efectos de la norma administrativa, pues es una negativa de cualquier posibilidad de hacer uso de esos materiales para efectos de envasar o empaquetar alimentos o bebidas’, afirmo la Corte. “Lo que va por encima de la regulación federal, pues ésta mandata establecer un régimen jurídico especial que determine la forma en que se podrán utilizar los productos”, agregó.

Lo anterior luego de que la Segunda Sala de la Corte declaró por unanimidad la inconstitucionalidad de una Ley para la prohibición de venta de PET y unicel que impuso el estado de Oaxaca en el 2019. Dicha ley fue impugnada ante el máximo tribunal por la cadena de tiendas Oxxo y la embotelladora Propimex, quienes consideraron que el Congreso de Oaxaca invadió atribuciones federales.

Las empresas se basaron en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, que regula las facultades concurrentes entre Federación y estados, pero no habilita a estos últimos para prohibir el uso de estos materiales.

Es la primera vez que la Corte se pronuncia sobre una prohibición de este tipo, que en el caso del unicel, los utensilios y bolsas plásticos de un solo uso se ha extendido por varios estados y la Ciudad de México con el argumento de proteger el medio ambiente.

Aunque la SCJN invalidó dicha Ley en el estado de Oaxaca, el criterio será aplicable para todo el país.

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